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La nueva ley hipotecaria ya está aquí

Actualizado: 15 may 2019

La esperada Ley reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario entrará en vigor el 16 de Junio del presente año con el objetivo de aportar mayor protección al cliente y más seguridad a las entidades financieras, que tendrán que estudiar mejor la solvencia del solicitante del préstamo. En Valmur Grupo Inmobiliario te contamos los cambios más importantes que debes saber.


1) Las entidades tendrán la obligación de presentar toda la documentación 10 días antes de la fecha de notaría. El notario ya no sólo da fé, sino que tendrá la obligación de explicar al cliente las condiciones.


2) Se vuelve a limitar la comisión máxima al amortizar capital. Hasta ahora sólo estaba regulado el tipo variable, ahora también se pone límites en el tipo fijo.

Tipo fijo: Hasta un 2% en los primeros 10 años. Hasta un 1,5% en los años restantes.

Tipo variable: Hasta 0,25% los primeros 3 años. Hasta un 0,15% los primeros 5 años. 0% después de los 5 primeros años

3) La norma establece que no podrán fijarse límites a la baja del tipo de interés, ya no existirán las cláusulas suelo.


4) Estarán limitados el interés de demora al interés que abona el consumidor, más tres puntos porcentuales.


5) La ley prolonga los plazos establecidos para iniciar los procesos de desahucio y mora.


6) Las entidades podrán ejercer su derecho de vencimiento anticipado cuando las cuotas impagadas superen el 3% del capital concedido o 12 cuotas si se produce en la primera mitad del préstamo.

Si ya se ha superado más de la mitad del plazo del préstamo se tendrá que haber superado el 7% del capital concedido o 15 cuotas.

Aun así, deben notificar y dar un mes para cumplir con sus obligaciones.


7) La nueva ley pone límites al hacer una novación:

Menos de 3 años………………………… 0,15%

Más de 3 años……………………………. 0%


8) Las entidades tendrán la responsabilidad de pagar todos los gastos que generen la constitución de la hipoteca menos la tasación. (notaría, registro, gestoría y IAJD).


9) La nueva ley hipotecaria establece dos tipos de vinculaciones distintas, y solo una de ellas estará permitida: Se presenta la hipoteca y el resto de productos por separado, de forma que el cliente pueda contratar lo que quiera.

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